Exigencias normativas de la extracción de humos en cocinas
¿Conoces los requerimientos de la normativa vigente en materia de extracción de humos en cocinas? En el presente artículo te resumimos las exigencias normativas del Código Técnico de la Edificación.
Caudales mínimos de ventilación
Con la reciente modificación del CTE DB HS 3 Calidad del aire interior, el Código Técnico ya no distingue entre cocinas, baños, aseos y lavaderos. Engloba todos estos recintos dentro de la clasificación conjunta de “recintos húmedos”. El Documento Básico establece dos caudales: “mínimo en total” y “mínimo por recinto”. Para establecer el caudal, hace una distinción en función del número de dormitorios de la vivienda:
- En viviendas con 0 o 1 dormitorio, el mínimo total es de 12 l/s y el mínimo por recinto es de 6 l/s.
- Para viviendas con 2, el primer parámetro es de 24 l/s y el segundo, de 7 l/s.
- En viviendas con 3 o más, el primer caudal es de 33 l/s y el segundo, de 8 l/s.
Desde la redacción de la primera versión del CTE ya se estipulaba la necesidad de implementar un sistema adicional específico de ventilación de extracción mecánica en las cocinas. Con la reciente modificación, se determina, además, que este sistema de extracción mecánica ha de asegurar un caudal de extracción mínimo de 50 l/s.
Extracción de humos en cocinas: requerimientos
En el caso de cocinas de uso profesional, el CTE DB SI Seguridad en caso de incendio clasifica la cocina de un restaurante como un recinto con un elevado riesgo de incendio, ya que una cocina de gas de 6 fogones puede superar los 50 kW.
Los requerimientos que determina el CTE son los siguientes:
Bocas de extracción
Las bocas de extracción se situarán en la cubierta, separadas, al menos, 3 metros de cualquier elemento de insuflación de aire para ventilación. También deberán separarse respecto a cualquier recinto en el que se acumulen las personas.
Conductos de extracción
- Los conductos de extracción de humos han de tener una sección uniforme, carecer de obstáculos en su interior y tener un acabado liso que impida su ensuciamiento.
- La extracción de humos será individual para cada aparato y para cada cocina.
- En el caso de que los conductos discurran por el interior del edificio o por la envolvente exterior a una distancia que no supere los 1,50 metros de zonas de la propia fachada no calificadas EI 30 o a una distancia que no supere los 1,50 metros de balcones, terrazas o huecos, estos han de disponer de una calificación EI 30.
- Están terminantemente prohibidas las compuertas cortafuego dentro de los conductos de extracción de humos.
- El sistema de extracción de humos ha de ser registrable para su mantenimiento y limpieza. En los ramales horizontales, el registro debe hacerse cada tres metros o menos.
Campanas extractoras
- Cualquier campana de extracción de humos deberá instalarse separada, al menos, medio metro de todo material no clasificado como A1 (no combustible).
- En el caso de cocinas de gas o parrillas, los filtros de las campanas de extracción se distanciarán de los focos de calor, al menos, 1,20 metros. Para el resto de aparatos de cocción, la distancia no puede ser menor al medio metro.
- Las campanas de extracción deben ser desmontables, a fin de que sea posible su limpieza.
Ventiladores
La clasificación contra el fuego de los ventiladores ha de ser de F400 90 y cumplir con lo estipulado en la norma UNE-EN 12101-3: 2002 “Especificaciones para aireadores extractores de humos y calor mecánicos.”
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