aparcamiento

La ventilación en un aparcamiento de vehículos tiene como objetivo, en primer lugar, garantizar que no se acumule monóxido de carbono (o CO) en concentraciones peligrosas en ningún punto del aparcamiento. Tal y como indica en C.T.E DB-HS 3, en su apartado 3.1.4. «Aparcamientos y garajes de cualquier tipo de edificio», el sistema de ventilación empleado en estos edificios podrá ser mecánico o natural en el caso de que se trate de un aparcamiento en superficie o en altura con fachadas accesibles directamente desde el exterior.

 

Exigencias del C.T.E. para la ventilación de zonas de aparcamiento para vehículos

En el caso de la ventilación natural se exige que ésta sea una ventilación cruzada con aperturas en dos fachadas opuestas del edificio para garantizar que la renovación del aire contaminado abarque por completo todo el volumen de aire contenido en su interior. Desde cualquier punto del aparcamiento hasta la abertura más próxima no puede haber una distancia superior a 30 m. A la hora de colocar las aberturas de ventilación tanto si es natural como si es mecánica, debe tenerse en cuenta que la densidad relativa respecto al aire del CO es de 0,97. Es decir que es un gas más ligero que se acumulará en las partes altas del aparcamiento. Es en esas zonas donde deberán colocarse las bocas de extracción.

En el caso de que se emplee un sistema de extracción mecánica la ventilación debe hacerse por depresión, utilizándose una de las siguientes opciones:

  1. Sistema de extracción mecánica acompañada por la admisión de aire por medios naturales.
  2. Sistema de admisión y de extracción mecánica.

Para evitar que se produzcan estancamientos de los gases contaminantes, deben cumplirse los siguientes requisitos:

  1. Debe haber una abertura de admisión y otra de extracción por cada 100 m2 de superficie útil.
  2. La separación entre las aberturas de extracción más próximas debe ser menor de 10 m.

 

Características de los contaminantes

El CO o monóxido de carbono, es el gas más peligroso de los emitidos por un vehículo y el que requiere de mayor dilución para que no sea perjudicial para los usuarios del edificio. El CO es un gas imperceptible, sin olor y sin sabor, cuyo efecto sobre las personas inhalado en cantidades importantes, es la reducción progresiva de la capacidad de transporte de oxígeno por la sangre, llegando a producir en casos extremos la muerte. Sin embargo, los efectos por intoxicación son totalmente reversibles y sin secuelas, y la exposición breve a concentraciones elevadas de CO no presenta riesgo alguno y puede tolerarse. Se admite que para estancias inferiores a una hora, la concentración de CO pueda alcanzar 125 ppm (143 mg/m3), mientras que para una estancia equivalente a una jornada laboral de ocho horas, el nivel máximo admisible es de 50 ppm (57 mg/m3).

 

Evacuación de humos en caso de incendio

La extracción de humos en caso de incendio de alguno de los vehículos en el interior de un aparcamiento, debe evitar que los usuarios que se encuentran en el interior respiren los humos tóxicos generados. Debido a su temperatura, los humos se acumulan en la parte alta del recinto y deberían poderse evacuar en cantidades lo suficientemente importantes como para que no dificulten el trabajo de los servicios de extinción. Por regla general se considera que el sistema de ventilación debe garantizar una renovación mínima de 15 m3/h por metro cuadrado de superficie. Cuando el aparcamiento sea público y de más de 1.000 m2 deberá existir una alimentación auxiliar para los ventiladores y será obligado disponer de detectores de CO para el accionamiento automático del sistema de ventilación.

 

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