cte db hs3

Tal y como establece el Código Técnico de la Edificación, en adelante C.T.E., en su DB HS 3 (CTE HS3). «Salubridad. Calidad del Aire Interior», las viviendas deben disponer de un sistema general de ventilación que puede ser híbrida o mecánica. Dicho sistema debe cumplir con una serie de especificaciones que se resumen a continuación:

  1. El aire debe circular desde los locales secos a los húmedos. Para ello los comedores, los dormitorios y las salas de estar deben disponer de aberturas de admisión; los aseos, las cocinas y los cuartos de baño dispondrán de aberturas de extracción.
  2. Los locales con varios usos de los mencionados anteriormente, dispondrán en cada zona destinada a un uso diferente de sus correspondientes aberturas.
  3. Cuando la ventilación sea híbrida, las aberturas de admisión deben comunicar directamente con el exterior.
  4. Cuando algún local con extracción esté compartimentado, deben disponerse aberturas de paso entre esos espacios; la abertura de extracción debe disponerse en el compartimento más contaminado que, en el caso de aseos y cuartos de baños, es aquel en el que está situado el inodoro, y en el caso de cocinas es aquel en el que está situada la zona de cocción.
  5. Las aberturas de extracción deben conectarse a conductos de extracción. Deberán disponerse a una distancia del techo menor que 200 mm y a una distancia de cualquier rincón o esquina vertical mayor que 100 mm.
  6. Un mismo conducto de extracción podrá ser compartido por aseos, baños, cocinas y trasteros.

 

CTE HS3 Ventilación para locales de usos específicos

Cuando se trata de usos más específicos como los almacenes de residuos o trasteros el CTE DB HS3 sólamente especifica que el sistema de ventilación a emplear podrá ser natural, híbrido o mecánico. En el caso de estos últimos y en función de la distribución de las aberturas de admisión y de extracción se podrán dar los siguientes tipos de ventilación:

a) Ventilación independiente y natural de trasteros y zonas comunes.

b) Ventilación independiente de trasteros y zonas comunes. Ventilación natural en trasteros e híbrida o mecánica en zonas comunes.

c) Ventilación dependiente y natural de trasteros y zonas comunes.

d) Ventilación dependiente de trasteros y zonas comunes. Ventilación natural en trasteros y híbrida o mecánica en zonas comunes.

e) Ventilación dependiente e híbrida o mecánica de trasteros y zonas comunes.

f) Ventilación dependiente y natural de trasteros y zonas comunes.

 

En general el CTE DB HS3 dispone de una serie de normas para regular la colocación de aberturas y bocas de ventilación. En concreto los espacios exteriores y los patios con los que comuniquen directamente los locales mediante aberturas de admisión, aberturas mixtas o bocas de toma, deberán permitir que en su planta se pueda inscribir un círculo cuyo diámetro sea igual a un tercio de la altura del cerramiento más bajo de los que lo delimitan, y no menor que 3 m. A su vez las aberturas de ventilación en contacto con el exterior deben disponerse de tal forma que se evite la entrada de agua de lluvia y estarán dotadas de elementos adecuados para tal fin.

 

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