Como mejorar la calidad del aire en interiores

La normativa que regula la calidad del aire en los interiores, La calidad del aire en ambientes interiores ha experimentado un creciente interés social a raíz de la pandemia iniciada a principios de 2020, especialmente en edificios plurifamiliares donde se acumula un gran número de personas de forma permanente y el tránsito es, consecuentemente, excepcionalmente intenso y constante.

 

Las normativas que regula la calidad del aire en los interiores: CTE y RITE

 

El Plan Estratégico de Salud y Medioambiente 2022-2026, aprobado en noviembre de 2021, tiene entre sus principales objetivos “proteger la salud de la población frente a los efectos adversos derivados de una mala calidad del aire”. Entre otros aspectos se tiene en cuenta el alto coste para nuestro sistema de salud, la vulnerabilidad de la población infantil y la relación con enfermedades respiratorias.

En el mismo documento se explica que “una mala calidad de ambientes interiores (CAI) provoca numerosas enfermedades: respiratorias, infecciosas, alérgicas, asma e incluso cáncer. Son numerosos los factores químicos (calidad del aire, tabaco, materiales de construcción y mobiliario, radón, etc.) como físicos (ruido, iluminación, confort térmico, humedad) y biológicos (microbios, virus y alérgenos) que influyen en la salud de los ocupantes de los edificios”.

La regulación española en materia de calidad del aire se rige por el Código Técnico de la Edificación (CTE) en la sección HS3 de 2019, el cual es de obligado cumplimiento en los “edificios de viviendas, al interior de las mismas, los almacenes de residuos, los trasteros, los aparcamientos y garajes”. El objetivo del mismo es la erradicación de los elementos contaminantes presentes de forma habitual en edificios plurifamiliares. Para ello, establece varias metodologías basadas en la concentración de CO2 y en caudales mínimos de ventilación.

Para los locales de cualquier otro uso a los mencionados en el CTE HS3, la normativa vigente es el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE), cuya última modificación data de marzo de 2021.

 

Aplicación del CTE HS3

 

La normativa que regula la calidad del aire en los interiores establece los siguientes puntos en el preámbulo:

  1. Los edificios dispondrán de medios para que sus recintos se puedan ventilar adecuadamente, eliminando los contaminantes que se produzcan de forma habitual durante el uso normal de los edificios, de forma que se aporte un caudal suficiente de aire exterior y se garantice la extracción y expulsión del aire viciado por los contaminantes.

 

  1. Para limitar el riesgo de contaminación del aire interior de los edificios y del entorno exterior en fachadas y patios, la evacuación de productos de combustión de las instalaciones térmicas se producirá, con carácter general,  por la cubierta del edificio, con independencia del tipo de combustible y del aparato que se utilice, de acuerdo con la reglamentación específica sobre instalaciones térmicas.

 

En definitiva, la norma busca un diseño adecuado de los sistemas de ventilación para garantizar la calidad del aire, para lo que “debe aportarse un caudal de aire exterior suficiente para conseguir que en cada local la concentración media anual de CO2 sea menor que 900 ppm y que el acumulado anual de CO2 que exceda 1.600 ppm sea menor que 500.000 ppm h”.

Asimismo, la normativa establece que “el caudal de aire exterior aportado debe ser suficiente para eliminar los contaminantes no directamente relacionados con la presencia humana. Esta condición se considera satisfecha con el establecimiento de un caudal mínimo de 1,5 l/s por local habitable en los periodos de no ocupación”.

Asimismo, en la zona de cocción de las cocinas “debe disponerse un sistema que permita extraer los contaminantes que se producen durante su uso, de forma

independiente a la ventilación general de los locales habitables. Esta condición se considera satisfecha si se dispone de un sistema en la zona de cocción que permita extraer un caudal mínimo de 50 l/s”. Por último, destacar que la normativa señala que las viviendas deben disponer de un sistema general de ventilación que podrá ser tanto híbrida como mecánica entre otros aspectos técnicos.

 

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