cte hs

El Código Técnico de la Edificación (CTE HS3), es el marco normativo que establece y desarrolla las exigencias básicas de calidad de los edificios y sus instalaciones, asegurando que se satisfacen los requisitos básicos de la edificación establecidos en la Ley de Ordenación de la Edificación. Estas exigencias básicas se pueden complementar con otras reglamentaciones técnicas como el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios (RITE). Éste tiene su origen en la necesidad de transponer a nivel nacional la Directiva Europea 2009/91 CE, de eficiencia energética en los edificios. Su ámbito de aplicación son todas las instalaciones térmicas de edificios nuevos y las instalaciones térmicas que se reformen en edificios existentes, incluyendo la calefacción, la refrigeración y la ventilación.

El CTE en su Documento Básico HS 3. (Salubridad – Calidad del Aire Exterior), define las tipologías de edificios en las que se debe aplicarse el CTE HS para cumplir sus especificaciones en relación con la calidad del aire interior, y en cuales se considera que deben cumplirse las condiciones establecidas en el RITE.

 

Tipos de edificaciones donde es obligado cumplir las especificaciones del CTE HS3:

  • Viviendas
  • Almacenes de residuos
  • Garajes
  • Aparcamientos en altura y en superficie

 

Tipos de edificaciones donde se deben cumplir las exigencias del RITE 2007:

  • Edificios de oficinas
  • Edificios administrativos
  • Edificios industriales
  • Centros docentes
  • Bibliotecas
  • Salones de actos
  • Hospitales
  • Geriátricos
  • Edificios de uso comercial
  • Vestuarios, gimnasios y polideportivos
  • Aeropuertos, estaciones de ferrocarril y otros edificios relacionados con las infraestructuras del transporte
  • Laboratorios
  • Museos
  • Cines y teatros
  • Restaurantes y cafeterías
  • Lavanderías

Las exigencias en esta materia no son las mismas si aplicamos el CTE o el RITE al diseño de una instalación de ventilación. A continuación se analizan aquellos aspectos en los que el CTE HS y el RITE se complementan: el RITE define los objetivos mínimos de calidad del aire de los espacios interiores en función del uso al que estén destinados, tal y como se representa a continuación:

  • IDA 1
    • Calidad: óptima
    • Aplicaciones: hospitales, clínicas, laboratorios y guarderías
  • IDA 2
    • Calidad: buena
    • Aplicaciones: oficinas, residencias, salas de lectura, museos, aulas y piscinas
  • IDA 3
    • Calidad: media
    • Aplicaciones: edifiicos comerciales, cines, reatros, salones de actos, habitaciones de hoteles, restaurantes, cafeterías, gimnasios, locales para deporte y salas de ordenadores
  • IDA 4
    • Calidad: baja
    • Aplicaciones: no aplicable para edificios de uso habitual

En base a esta clasificación se establece un método de cálculo para dimensionar los diferentes equipos de ventilación en cada una de estas categorías: método directo A (caudal de aire exterior por persona), método directo B (calidad del aire percibido), método directo C (concentración de CO2 por encima del aire exterior), método indirecto (caudal de aire por unidad de superficie) y método de dilución (cuando son conocidas las emisiones de los materiales contaminantes).  

El CTE HS 3, en su Documento Básico de Salubridad referente a la calidad del aire interior, define las exigencias básicas que se deben cumplir en las viviendas en cuanto a los sistemas y caudales de renovación de aire: “las viviendas deben disponer de un sistema general de ventilación que puede ser híbrida o mecánica”. Este sistema de ventilación debe eliminar de forma adecuada los elementos contaminantes que se produzcan de forma habitual durante el uso de la vivienda. A partir de esta premisa se define el caudal mínimo de renovación de aire (l/sg) para cada una de las estancias: dormitorios, salas de estar, comedores, aseos, baños, cocinas, trasteros, así como para locales: garajes, aparcamientos y almacenes de residuos. En las primeras ese caudal se define por ocupante, mientras que en cocinas, trasteros y almacenes se calcula por unidad de superficie (m2). En aparcamientos y garajes el caudal se vincula al número de plazas de aparcamiento. Cabe destacar que todos estos datos reflejan los niveles mínimos de eficiencia energética exigibles al sistema de renovación de aire aplicado en cada instalación, lo que no impide que los fabricantes puedan aportar sistemas cada vez más eficientes que proporcionen caudales de ventilación superiores a los exigidos.

Como se puede apreciar al comparar los dos procesos empleados por el CTE y el RITE para definir las exigencias en cuanto a la renovación del aire interior, se observa que este último es más exhaustivo ya que clasifica el aire en función del uso del espacio que se va a ventilar, y a partir de ahí define los caudales mínimos necesarios. Esto no impide que en viviendas y el resto de tipologías indicadas inicialmente se deba cumplir con las exigencias del CTE tal y como queda especificado en la introducción a la sección 3 del Documento Básico HS- “Salubridad”.

En paralelo a estos sistemas de ventilación se están desarrollando otros alternativos como los purificadores o ionizadores. Estos sistemas aparecen en Estados Unidos ante la problemática que se crea en los grandes sistemas de conductos centralizados, que con el tiempo se convierten en un foco de bacterias, partículas de polvo, ácaros y moho. La eliminación de estas partículas en suspensión se puede realizar mediante la acumulación de cargas eléctricas o mediante complejos sistemas de filtración del aire interior. En cualquier caso, esta problemática incide en la necesidad de evitar acumular muchos metros de conductos de ventilación en el diseño de estas instalaciones. Lo que requiere el estudio de cada proyecto de ventilación para ajustar el diseño a la mejor configuración posible respetando los caudales requeridos.

CTA Horizontal E-Book - Modificaciones del CTE en materia de calidad del aire y eficiencia energética